La Confiscación cubana del 13 -10-1960, ¿Directo al mar de la felicidad?




«Tan dañina es la pasividad de los buenos, como la perversión
de los malos». Martin Luther King.


Vinieron por el negro y nada dije… yo era caucásico; vinieron por el judío y tampoco dije nada… yo era católico; le quitaron la tierra al ganadero, y callé también… pues no soy productor agropecuario; acabaron con PDVSA, tampoco me interesó, por que nunca pude trabajar en la industria que mejor pagaba; vinieron por las contratistas, y a mi me da igual, no soy dueño de empresas que ayer le ofrecían servicios al estado ganándose un realero, para apoyar su revolución sin medir consecuencias y de paso aparecieron en los videos alegrándose del mal ajeno, cuando Chávez dijo que metería preso a Rosales. Ahora les dieron por el pecho y pusieron el dedo en el corazón de la llaga. Patria Socialismo o muerte…

Como por arte de magia, después de cincuenta años de asedio, para imponer su revolución en Venezuela, Fidel logró, en apenas días, que los compatriotas fuésemos socialistas a la fuerza por disposición expresa del dedo de Miraflores.

La propiedad privada, es propiedad de la nación… al igual que en Cuba y ahora…¡ sálvese quien pueda!!! Por si lo duda, examine la coincidencia del decreto polémico que sacudió a Cuba en los años 60 y que en esta semana ha logrado que muchos contratistas y empresarios en Venezuela, lloren lágrimas de sangre y entren en depresión. Venezuela es ahora socialista...

Matar, al prestamista, ¿fue más facil?

De una conversación informal, deriva este comentario con relación a lo que hizo el gobierno, en cuanto a la ley que promulgo la reserva al Estado de bienes y servicios conexos de la actividad primaria de hidrocarburos, encuentra un sentido: El Estado borra de golpe y porron una deuda multimollaria en dólares que tenían con las empresas que prestaban sus servicios.
Primero se les redujo de 100 a un 60%, luego idearon este parapeto jurídico que viola las leyes constitucionales y se ahorraron ese dinero.
En consecuencia 22 mil empleados quedaran desempleados, solo 12.500, de los 35 mil que tiene esa industria, serán abosrbidos por PDVSA. De paso, quienes hayan firmado, no entrarán y deben aceptar las condiciones minimas de salario. Un buzo, que antes ganaba, a título de ejemplo 500 bolos por hora en actividad diurna, ahora se meterá 300 y las nocturnas calculadas en un mil, será de 500. Al municipio Lagunillas, le tumbaron de tajo 47 millardos de bolívares en impuestos y más 117 de retenciones por las empresas mixtas que en un año y medio, el gobierno nunca pago. El Diputado de origen arabe, Imaad Saab, el represenante de esta zona, nada dijo y menos aparece. Por sus servicios acaba de ser nombrado Embajador en Siria ¿será por sus dotes intelectuales ¿Qué dira el soberano chavista?
Unos 700 millones es el ahorro que PDVSA espera obtener por la decisión en forma general. Unas 39 empresas privadas, ahora son públicas. Ahora vendrá otra situación: La presión de las empresas internacionales, que arrendaron sus servicios a las empresas venezolanas.

Similitudes con el «mar de la felicidad» cubano

En los años 60, exactamente en el 61, la salida de Cuba de la OEA fue precisamente por este hecho utilizando el argumento comunista, para defenestrarlo y comenzar el embargo. Ya por eso Chávez, nuestro Comandante en Jefe, que siempre va en huída, hacía adelante ha dicho que pensamos salirnos de la OEA, para evitar posibles sanciones, tal vez sin recordar que cuando el 11 de abril, se restituyo en el poder por este organismo, cuando un millon de venezolanos desfilaron por las calles de Caracas, pìdiendo su renuncia. Muchos de ellos, por dinero se pasaron al bando rojo, rojito y ahora, cuando abrieron sus ojposse percatan que el por fín se hizo realidad,el Patria, socialismno o muerte :
Como quiera que las nuevas geranciones desconocen esta realidad y creen que no vamos camino a la isla de la Flecidad les muestro el derecto del año 60 en ese país y cualquier semejanza con el lenguaje actual es mera coincidencia.

Gaceta Oficial de Cuba comunista

Edición Extraordinaria - La Habana, Jueves 13 de Octubre de 1960
Poder Ejecutivo - Ministerios
Osvaldo Dorticós Torrado, Presidente de la República de Cuba,
hago saber: Que el Consejo de Ministros ha acordado y yo he sancionado lo siguiente:
POR CUANTO: La obra creadora de la Revolución, en sus múltiples aspectos, está basada fundamentalmente en el pleno desarrollo de la Nación.
POR CUANTO: Es evidente que ese desarrollo no puede lograrse sino mediante la planificación adecuada de la economía, el aumento y racionalización progresiva de la producción y el control nacional de las industrias básicas del país.
POR CUANTO: Muchas de las grandes empresas privadas del país lejos de asumir una conducta consistente con los objetivos y metas de la transformación revolucionaria de la economía nacional, han seguido una política contraria a los intereses de la Revolución y del desarrollo económico, cuyos signos más evidentes y notorios han sido el sabotaje a la producción; la extracción del numerario sin reinversiones adecuadas; la utilización exagerada de los medios de financiamiento sin empleo del propio capital operativo con la ostensible finalidad de acumular efectivo y de invertirlo en el extranjero previa obtención clandestina de divisas, y el abandono frecuente de la dirección directa de las fabricas lo que, en muchas ocasiones, ha obligado la intervención por el Ministerio del Trabajo en evitación preventiva de la crisis laboral que el cierre o la disminución de la producción puedan crear.
POR CUANTO: Esa conducta resulta aún más definidamente contraria a los intereses de la Revolución por ocurrir a pesar de que ha aumentado considerablemente el consumo del país y, por consiguiente, se ha ampliado el mercado interno para dichas empresas.
POR CUANTO: El desarrollo económico de la Nación ha requerido, como condición insoslayable, la radical transformación de la estructura de nuestro comercio exterior, para lo cual se ha impuesto el control nacional de las importaciones mediante el funcionamiento del Banco para el Comercio Exterior de Cuba y es evidente que la subsistencia de las grandes empresas importadoras que operan bajo el solo estímulo de la ganancia y que como intermediarias en el mecanismo de la distribución no cumplen ya función alguna en el economía nacional, constituye un obstáculo a la ejecución de la nueva política de comercio exterior.
POR CUANTO: El proceso revolucionario impuso la necesidad de dictar leyes cuyo contenido de beneficio popular tendía a liquidar los privilegios de ciertos núcleos económicos los que, reaccionando violentamente, ignoraron y violaron esas leyes, llegando aún al extremo de financiar con los dineros mal adquiridos a grupos contrarevolucionarios en franca alianza con el imperialismo financiero internacional y constituye la mejor respuesta a esas actividades que el Gobierno Revolucionario, con serena valentía, promulgue las leyes necesarias a la defensa y consolidación de la Revolución Cubana.
POR CUANTO: Es deber del Gobierno Revolucionario tomar las medidas que demandan las circunstancias expuestas en los Por Cuantos anteriores y adoptar fórmulas que liquiden definitivamente el poder económico de los intereses privilegiados que conspiran contra el pueblo, procediendo a la nacionalización de las grandes empresas industriales y comerciales que no se han adaptado ni se podrán adaptar jamás a la realidad revolucionaria de nuestra Patria, y a la vez brindar efectivas garantías y a facilitar por distintos medios el normal desenvolvimiento de todas aquellas empresas pequeñas y medias cuyos intereses pueden y deben coincidir con los grandes intereses de la Nación.
POR CUANTO: La nacionalización debe verificarse mediante la expropiación forzosa de dichas empresas industriales y comerciales, según lo autoriza el Artículo 24 de la Ley Fundamental de la República.
POR TANTO: En uso de las facultades que le están conferidas, el Consejo de Ministros resuelvo dictar la siguiente:

LEY No. 890


Artículo 1.- Se dispone la nacionalización mediante la expropiación forzosa de todas las empresas industriales y comerciales, así como las fábricas, almacenes, depósitos y demás bienes y derechos integrantes de las mismas, propiedad de las siguientes personas naturales o jurídicas:….
Artículo 2: Se adjudican, por lo tanto, a favor del Estado Cubano, todos los bienes, derechos y acciones de las empresas relacionadas en el Artículo 1 de esta Ley, transfiriéndose todos sus activos y pasivos y en su consecuencia, se declara al Estado subrogado en el lugar y grado de sus personas naturales o jurídicas propietarias de las mencionadas empresas.
Artículo 3: La Administración y Dirección de las empresas comerciales e industriales que se dejan adjudicadas al Estado por esta Ley, se les asigna a los siguientes organismos y dependencias:
1) Las empresas comprendidas en el Grupo A se asignan a la Administración General de Ingenios del Departamento de Industrialización del Instituto Nacional de Reforma Agraria.
2) Las empresas comprendidas bajos los Grupos B a la N, ambos inclusive, se asignan al Departamento de Industrialización del Instituto Nacional de Reforma Agraria.
3) Las empresas relacionadas en los Grupos Ñ a la P, ambos inclusive, se asignan al Departamento de Producción del Instituto Nacional de Reforma Agraria.
4) Las empresas que aparecen en los Grupos Q a la T, ambos inclusive, se le asignan a la Oficina Comercial del Instituto Nacional de Reforma Agraria.
5) Las empresas relacionadas en el Grupo U, se asignan a la Corporación Nacional de Transportes.
6) Las empresas relacionadas en el Grupo V, se le asignan a la Imprenta Nacional de Cuba.
7) Las empresas que aparecen relacionadas en el Grupo W, se le asignan al Instituto Cubano del Arte e Industria Cinematográficos.
8) Las empresas relacionadas en los Grupos X e Y, se le asignan al Ministerio de Obras Públicas.
9) Las empresas relacionadas en el Grupo Z, se le asignan al Departamento de Fomento Marítimo.
Artículo 4: Los funcionarios competentes de los organismos y departamentos del Estado a los cuales se les asigna la administración y dirección de las empresas nacionalizadas, podrán designar para cada una de ellas los administradores que elijan, sin perjuicio de las facultades de la Junta Central de Planificación.
Artículo 5: Las expropiaciones y consecuentes nacionalizaciones y adjudicaciones a favor del Estado cubano de las empresas señaladas en el Artículo 1 de esta Ley, se hacen extensivas a las empresa subsidiarias o colaterales de aquellas, lo cual se llevará a efecto por medio de resoluciones que dictarán los jefes de los organismos o departamentos del Estado a quienes se les encomiende la dirección y administración de las empresas expresamente expropiadas por esta Ley.
Artículo 6: Se declaran como causas de utilidad pública y de interés social y nacional, así como de la necesidad de expropiación, las expuestas en los Por Cuantos de la presente Ley.
Artículo 7: Los medios y formas de pago de las indemnizaciones que correspondan a las personas naturales o jurídicas afectadas por las expropiaciones que se disponen en esta Ley, serán reguladas mediante una Ley posterior. A este efecto, la Junta Central de Planificación procederá a elevar al Consejo de Ministros, dentro del más breve plazo posible, el correspondiente Proyecto de Ley.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA
En cuanto a las empresas industriales y comerciales que en la actualidad se encuentren intervenidas por disposición de organismos estatales, no incluidas en la presente Ley, se faculta a la Junta Central de Planificación para proceder a la nacionalización de las que correspondan de acuerdo con los principios de esta Ley, o en su defecto, disponer el cese de la intervención.

DISPOSICIÓN FINAL
Se derogan cuantas disposiciones legales y reglamentarias se opongan a lo dispuesto en la presente Ley, la que comenzará regir a partir de su publicación en la GACETA OFICIAL de la República.

POR TANTO: Mando se cumpla y se ejecute la presente Ley en todas sus partes.
Dada en el Palacio de la Presidencia, en La Habana, el 13 de Octubre de 1960.
Osvaldo Dorticós Torrado.
Fidel Castro Ruz - Primer Ministro
Rolando Díaz Aztaraín - Ministro de Hacienda.
(Nota: lo resaltado en negrita es de este columnista).


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