Las leyes revolucionarias




Desde el primer régimen comunista o socialismo real, instaurado en 1917 con la llamada revolución bolchevique, se vienen interpretando como leyes revolucionarias todas las normas que se requieren para implantar y consolidar el monopolio del poder por parte de la camarilla dominante. Las llamadas leyes revolucionarias no obedecen a la concepción de la doctrina propiamente jurídica, sino a la conveniencia de la clase dominante o de un dictador para eternizarse en el poder. Es ese y no otro el propósito de las élites gobernantes del llamado socialismo real; eso sí, todo lo hacen a nombre del pueblo, repitiendo constantemente a través de los únicos medios de comunicación (oficiales todos) que con los “revolucionarios" manda el pueblo, que ellos son el pueblo mismo. En la práctica los pueblos en esos países no tienen poder alguno, por el contrario, tienen que obedecer a las leyes instauradas por el establishment, sin que exista el derecho a disentir de los dictámenes de la élite que controla todos los poderes. Las leyes (revolucionarias) son reaccionarias por ser intolerantes, represivas y negadoras de la libertad en lo político, social, económico, cultural, etcétera.

En Cuba, por ejemplo, la protesta es considerada una traición a la patria y así lo establecen sus leyes “revolucionarias”. Se trata del mismo guión de los países que han transitado el socialismo real o comunismo, en Venezuela etiquetado como socialismo del siglo XXI. Cuando el presidente Chávez afirma que impulsará el acelerador y que este año 2009 debe finalizar con todas las leyes “revolucionarias” aprobadas, está actuando dentro de la lógica de la concepción comunista del poder. Se trata, en nuestro caso, de una “revolución por cuotas mensuales en la medida que las circunstancias le permitan avanzar en esa dirección. En las “revoluciones violentas como la rusa, la cubana o la China, el control total del poder se realizó en lapsos cortos de dos o tres años. En Venezuela es como una novela por capítulos, pero avanza.



CORTESIA

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