La Invasión: Culto a la Pobreza (Vicente Alaimo)
Artículo 115 de nuestra Constitución Bolivariana: Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Solo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes. Todo dentro de nuestra Constitución, fuera de ella nada. Esta debe ser la máxima de todo gobierno, nacional, regional y local, de todo ciudadano y ciudadana, es nuestra Constitución el libreto a seguir día a día para construir una patria digna, próspera y justa para todos y todas. Hoy he querido escribir sobre las invasiones, existe una oleada actual que ha venido acentuándose y genera preocupación en todo el país. Autoridades del gobierno nacional han pedido