La fiscal general y las FARC




Lleva dos semanas la fiscal Luisa Ortega Díaz ocupada de la política exterior de la República y las relaciones internacionales de Venezuela. No ha abandonado el tema desde las declaraciones del Gobierno colombiano el 22 de julio pasado, ante el Consejo Permanente de la OEA, en la que señaló la presencia de 1.500 guerrilleros de las FARC en territorio venezolano.

La Fiscal General de la República, ha señalado que Venezuela “se defenderá” si es denunciada ante la Corte Penal Internacional (CPI). La Fiscal se equivoca.

Corresponderá individualmente defenderse y además con sus recursos personales y no los del Estado, quienes sean acusados ante la CPI por los delitos previstos en el Estatuto de Roma. Nuevamente desconoce Luisa Ortega Díaz los principios básicos del Derecho Penal Internacional, donde son las personas los responsables y no los Estados ante la CPI.

Pero hay más. Asume equivocadamente la Fiscal General estas semanas, el rol del Ejecutivo Nacional de dirigir las relaciones exteriores del Estado y olvida lamentablemente su función constitucional, cual es, la de ordenar y dirigir la investigación penal ante la perpetración de hechos punibles, intentando todas las acciones a que hubiere lugar para hacer efectiva la responsabilidad militar o penal en la que podrían haber incurrido funcionarios públicos, incluido el Presidente con motivo del ejercicio de sus funciones por acción u omisión.

Es bueno recordarle a la Fiscal:
1) Que Venezuela fue el primer país de Iberoamérica que ratificó el Estatuto de Roma que crea la CPI el 7 de junio de 2000.
2) Que existe una deuda de más de una década, atribuible incluso al desinterés del Ministerio Público (MP), que bien podía promoverlo, de adecuar la legislación penal venezolana para incluir los delitos previstos en el Estatuto.
3) Que a pesar de no estar tipificados en la legislación nacional los delitos previstos en el Estatuto de Roma, Venezuela asumió la obligación de entregar a quienes fuesen solicitados por la CPI por la comisión de los delitos más graves contra la humanidad.
4) Que es deber del MP, en el supuesto de estar involucrados particulares (nacionales o extranjeros), incluso funcionarios públicos venezolanos en la perpetración de delitos que investigue la CPI; asegurar los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración de tales delitos y prestar su concurso en asistencia judicial de entrega de personas a la Corte, aportar documentos, realizar pruebas, etc.

La fiscal general venezolana expresó que su despacho considera que las “pruebas” presentadas por Colombia ante la OEA “no son ciertas”, y constituyen “una agresión al Estado venezolano”. Y nosotros nos preguntamos: ¿acaso inició una investigación sobre el particular el MP de Venezuela para afirmar que las pruebas no son ciertas? Mucho daño, sin duda, está causando en el país la ausencia de independencia de los poderes públicos.

Autor: Rocío San Miguel

Comentarios

Entradas más populares de este blog

¡Cuidaíto y lo tumban…!

LA PRUDENCIA