La sentencia 333



AsdrLa Corte Interamericana de DDHH ha hecho pública su sentencia dictada en Bogotá el 1º de septiembre pasado, en el caso de la inhabilitación política de Leopoldo López. Hará historia con ello y a buen seguro se recordará su fallo como el 333, número que le identifica a la vez que indica el número de los otros dictados por la misma Corte desde su fundación, en 1979.
 
Sus efectos son vinculantes en el caso de Leopoldo – a quien la Justicia Interamericana, por defecto de la nuestra, habilita para el ejerciciode cargos de elección popular. Pero se extienden en su validez a los otros Estados partes de la Convención Americana de DDHH, en los que ocurren supuestos parecidos al del ex Alcalde de Chacao.
 
Cabe recordar que la dictadura, de manos de los poderes a su servicio – la Contraloría y la Sala Constitucional del TSJ - le impide al mismo Leopoldo ser candidato a la Alcaldía Mayor de Caracas – por situado en las encuestas por encima del dictador enfermo – y ahora, paradójicamente, aquél avanza por el camino que le permite confrontar con elautor de la arbitrariedad que lo tiene por víctima. Son designios inescrutables de la Providencia.
 
La decisión irrita mucho, por ende, a los funcionarios corresponsables, quienes optan por violar la Convención Americana y comprometer la responsabilidad internacional del Estado por hechos internacionalmente ilícitos, a fin de satisfacer la voluntad del dictador.
 
El Canciller dice ahora que estudiará el asunto y que sigue en pié la lucha del gobierno contra la corrupción. Cabe preguntarle, pues, por el destino de los dineros públicos que viajan en maletas para intervenir en la política interna de otras naciones y por el juzgamiento de los altos jerarcas de la dictadura, señalados por la comunidad internacional y por el propio WalidMakled como narcotraficantes.
 
La Contraloría arguye que la sentencia es ilícita y viola el “derecho público internacional”. Por lo visto aún no lee la sentencia en cuestión, ignora que las normas internacionales sobre derechos humanos tienen fuerza constitucional en Venezuela, y omite señalar que el Estado participa activamente a lo largo de todo el proceso judicial interamericano ocurrido, en acatamiento a la autoridad de la propia Corte y de la Convención por la que rige sus decisiones.
 
La afirmación anticipada de la señora quien preside el TSJ, en cuanto a que no acepta fallos internacionales que desconozcan la fuerza soberana de los queella dicta en Sala Constitucional, causa hilaridad. Su capacidad de raciocinio es proporcional a sus miedos ante el dictador y ante las cuentas que ha de rendir, una vez concluya la dictadura. Pone de lado con su argumento lo que es catecismo para estudiantes, a saber que los tratados internacionales de derechos humanos tienen fuerza vinculante, justamente, porque los Estados quienes los suscriben y aprueban lo hacen en ejercicio pleno de sus soberanías. En pocas palabras, la Corte Interamericana ni sus jueces vienen desde Marte ni representan un fuero creado por voluntad extraña a la de Venezuela.
 
Cabe recordarque dos venezolanos participan activamente en las Comisiones de la OEA que redactan la Convención Americana: el fallecido embajador Gonzalo García Bustillos y el embajador Ignacio Arcaya. Otros venezolanos, sucesivamente, ejercen como magistrados del alto tribunal desde su nacimiento: Pedro Nikken, Orlando Tovar Tamayo, Asdrúbal Aguiar, y Alirio Abreu Burelli. Y la Comisión Interamericana – que es el Ministerio Público - la integran otros tantos compatriotas, como el ex presidente Rómulo Gallegos, su primer Presidente, a quien siguen Andrés AguilarMawdsley, Marco Tulio BruniCelli, Carlos Ayala, Freddy Gutiérrez y Luz Patricia Mejía; los dos últimos, a la sazón, electos por la OEA a pedido del dictador enfermo, nada menos.
 
La autoridad de la Corte nunca la pone en duda el dictador, cuando todavía no se muestra como tal y lo enferma el poder. Saluda las sentencias en los casos de El Amparo y El Caracazo, y hasta colabora con su cumplimiento. Mas una vez como el Sistema intenta medirlo a él y a los suyos, con la misma regla, no le faltan escribientes que tomen nota de sus protestas y hagan propios los argumentos de Anastasio Somoza y Alberto Fujimori.
 
Por lo pronto, Leopoldo López es candidato. Pone a prueba a las autoridades electorales y su independencia. A ellas se dirige el fallo de la Corte Interamericana. Y el dilema, más allá del acatamiento a que está obligada la República Bolivariana de Venezuela, es que el camino contrario violenta el orden democrático y representa un golpe del Estado a la Constitución y a sus artículos 23 y 31, que no puede cargárselos sin consecuencias graves el dictador, así no más.
 
 
 
 
 
 
 

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