La sentencia 333
AsdrLa
Corte Interamericana de DDHH ha hecho pública su sentencia dictada en
Bogotá el 1º de septiembre pasado, en el caso de la inhabilitación
política de Leopoldo López. Hará historia con ello y a buen seguro se
recordará su fallo como el 333, número que le identifica a la vez que
indica el número de los otros dictados por la misma Corte desde su
fundación, en 1979.
Sus efectos son vinculantes en el caso
de Leopoldo – a quien la Justicia Interamericana, por defecto de la
nuestra, habilita para el ejerciciode cargos de elección popular. Pero
se extienden en su validez a los otros Estados partes de la Convención
Americana de DDHH, en los que ocurren supuestos parecidos al del ex
Alcalde de Chacao.
Cabe recordar que la dictadura, de
manos de los poderes a su servicio – la Contraloría y la Sala
Constitucional del TSJ - le impide al mismo Leopoldo ser candidato a la
Alcaldía Mayor de Caracas – por situado en las encuestas por encima del
dictador enfermo – y ahora, paradójicamente, aquél avanza por el camino
que le permite confrontar con elautor de la arbitrariedad que lo tiene
por víctima. Son designios inescrutables de la Providencia.
La decisión irrita mucho, por ende, a
los funcionarios corresponsables, quienes optan por violar la Convención
Americana y comprometer la responsabilidad internacional del Estado por
hechos internacionalmente ilícitos, a fin de satisfacer la voluntad del
dictador.
El Canciller dice ahora que estudiará
el asunto y que sigue en pié la lucha del gobierno contra la corrupción.
Cabe preguntarle, pues, por el destino de los dineros públicos que
viajan en maletas para intervenir en la política interna de otras
naciones y por el juzgamiento de los altos jerarcas de la dictadura,
señalados por la comunidad internacional y por el propio WalidMakled
como narcotraficantes.
La Contraloría arguye que la sentencia
es ilícita y viola el “derecho público internacional”. Por lo visto aún
no lee la sentencia en cuestión, ignora que las normas internacionales
sobre derechos humanos tienen fuerza constitucional en Venezuela, y
omite señalar que el Estado participa activamente a lo largo de todo el
proceso judicial interamericano ocurrido, en acatamiento a la autoridad
de la propia Corte y de la Convención por la que rige sus decisiones.
La afirmación anticipada de la señora
quien preside el TSJ, en cuanto a que no acepta fallos internacionales
que desconozcan la fuerza soberana de los queella dicta en Sala
Constitucional, causa hilaridad. Su capacidad de raciocinio es
proporcional a sus miedos ante el dictador y ante las cuentas que ha de
rendir, una vez concluya la dictadura. Pone de lado con su argumento lo
que es catecismo para estudiantes, a saber que los tratados
internacionales de derechos humanos tienen fuerza vinculante,
justamente, porque los Estados quienes los suscriben y aprueban lo hacen
en ejercicio pleno de sus soberanías. En pocas palabras, la Corte
Interamericana ni sus jueces vienen desde Marte ni representan un fuero
creado por voluntad extraña a la de Venezuela.
Cabe recordarque dos venezolanos
participan activamente en las Comisiones de la OEA que redactan
la Convención Americana: el fallecido embajador Gonzalo García Bustillos
y el embajador Ignacio Arcaya. Otros venezolanos, sucesivamente,
ejercen como magistrados del alto tribunal desde su nacimiento: Pedro
Nikken, Orlando Tovar Tamayo, Asdrúbal Aguiar, y Alirio Abreu Burelli. Y
la Comisión Interamericana – que es el Ministerio Público - la integran
otros tantos compatriotas, como el ex presidente Rómulo Gallegos, su
primer Presidente, a quien siguen Andrés AguilarMawdsley, Marco Tulio
BruniCelli, Carlos Ayala, Freddy Gutiérrez y Luz Patricia Mejía; los dos
últimos, a la sazón, electos por la OEA a pedido del dictador enfermo,
nada menos.
La autoridad de la Corte nunca la pone
en duda el dictador, cuando todavía no se muestra como tal y lo enferma
el poder. Saluda las sentencias en los casos de El Amparo y El Caracazo,
y hasta colabora con su cumplimiento. Mas una vez como el Sistema
intenta medirlo a él y a los suyos, con la misma regla, no le faltan
escribientes que tomen nota de sus protestas y hagan propios los
argumentos de Anastasio Somoza y Alberto Fujimori.
Por lo pronto, Leopoldo López es
candidato. Pone a prueba a las autoridades electorales y su
independencia. A ellas se dirige el fallo de la Corte Interamericana. Y
el dilema, más allá del acatamiento a que está obligada la República
Bolivariana de Venezuela, es que el camino contrario violenta el orden
democrático y representa un golpe del Estado a la Constitución y a sus
artículos 23 y 31, que no puede cargárselos sin consecuencias graves el
dictador, así no más.
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