LA NUEVA LEY DESCONOCIDA



  No es orgánica

La nueva Ley Orgánica del Trabajo que ha aprobado el presidente Chávez a espaldas del Poder Legislativo y de las organizaciones laborales y empresariales del país, genera una inmensa polémica que introduce elementos contradictorios sobre la fortaleza que requiere la seguridad social de la fuerza laboral de Venezuela y los estímulos necesarios para aumentar la productividad, como elemento fundamental para combatir la inflación y aumentar las fuentes de trabajo. La nueva ley, que ayer pasadas las cuatro de la mañana fue cuando se comenzó a conocer vía Internet porque no ha sido publicada en Gaceta Oficial, presume de tener aspectos generosos que según el Gobierno mejorarán la calidad de la vida de los trabajadores venezolanos. Pero éste aspecto, no solo no contribuirá a generar el fin que se persigue, sino que hundirá en el mar de la improvisación el esquema legal que protege a la masa laboral.

Antes de su publicación será enviada al Tribunal Supremo de Justicia, para que le dé el carácter de Ley Orgánica que requiere, porque debía, de acuerdo a la Constitución Nacional, haber pasado por la Asamblea Nacional para recibir la aprobación de las dos terceras partes del Parlamento Nacional. De aquí que el “parto accidentado” de la ley la coloca en el supuesto de ser inconstitucional y como tal se espera que lluevan demandas de nulidad en este sentido.

  El apuro electoral
  Por otra parte el “apuro” en aprobarla sin la debida discusión pública, (solo se discutió en cenáculos cerrados), hace sospechar que el objetivo de esta ley no era realmente propender al mejoramiento del nivel de vida de los trabajadores y a reivindicar sus peticiones, sino que era meramente electoral.
A fecha cierta la ley tenía el objetivo fundamental de darle al presidente Chávez las simpatías necesarias para aumentar su caudal de votos con miras a las elecciones presidenciales del próximo 7 de octubre. Por otra parte, un país como el nuestro agobiado por la falta de productividad, recibe como aporte de esta ley, la contradictoria decisión de recortar la jornada laboral de 44 a 40 horas semanales y de 6 a 5 los días laborales, desinflando el propósito incuestionable de cualquier Gobierno consciente, de mentalizar al país sobre la necesidad imperiosa de mejorar la producción para salir de la pobreza.

Basta con mirar en la historia el esfuerzo impresionante realizado por China, Japón, Alemania, India y en particular toda Europa de la postguerra, para encontrar como mensaje que fue con trabajo y sacrificios que salieron de abajo.

  Las prestaciones sociales
En el tema de las prestaciones sociales se genera una confusión que no permite conocer con exactitud cual será la regla a aplicarse para aportarle al trabajador los 30 días por año que éste nuevo instrumento legal establece y tampoco se dice si el beneficio será en base al salario básico o a la totalidad de los ingresos. Comenzará ahora a discutirse una reglamentación caprichosa bajo la filosofía de “como vaya viniendo, vamos viendo” .

Con respecto al “famoso” Fondo de Prestaciones Sociales el Gobierno informó que será una decisión de cada trabajador si coloca sus prestaciones en este fondo o si lo hacen en un fideicomiso bancario, pero no se aporta ninguna reglamentación específica sobre el particular y lo referente a este fondo se remite a una nueva ley que sería aprobada en los próximos meses.

Asimismo, el instrumento legal supuestamente establece el reconocimiento de la retroactividad de las prestaciones a partir de 1997, para aquellos trabajadores cuya relación laboral sea anterior a este año, pero deja una inmensa laguna en cuanto a los trabajadores que recibieron su prestaciones sociales hace 15 años cuando cambió la ley.

  El “doblete” y la maternidad
  Asimismo, se le agregó lo que se ha dado por llamar “el doblete”, para cuando se despida a un trabajador de manera injustificada, situación que encarece y enrarece la relación de trabajo, porque las inspectorías casi nunca deciden los recursos que se interponen para calificar un despido. En cuanto a la maternidad y a la paternidad se aumenta el reposo total de 18 a 26 semanas y la inamovilidad y se extiende a ambos padres, creando el temor en el mercado laboral de que la selección de personal se pueda hacer en el futuro, discriminando a personas, que por su edad o estatus puedan ser sujetos pasivos de este posible beneficio.

Como  elemento adicional el gobierno informó que se creará un órgano superior para vigilar el estricto cumplimiento de esta  ley, cosa que tradicionalmente compete a las autoridades del ministerio respectivo y a los tribunales.

Como puede verse, la nueva ley, a pesar de haber sido promulgada por el Presidente, carece de fundamentos legales sólidos que puedan significar el mejoramiento de la clase trabajadora y por  el contrario introduce una controversia más en el deteriorado escenario político y social del país.


José Materán Tulene 

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